Nuevas regulaciones aduanales, adecuadas a las condiciones actuales de Cuba y
acordes a las prácticas internacionales, entran hoy en vigor para facilitar el
tráfico de pasajeros y equipajes.
La Resolución 439 del 2012,
de la Aduana General de la República, publicada en la Gaceta Oficial, indica
que todo pasajero puede importar exentos del pago de derechos efectos
personales como ropa, calzado y artículos para su uso personal, entre ellos
reproductor multimedia digital portátil y cámara fotográfica.
También se incluye teléfono
móvil (celular), aparato de televisión portátil y artículos para la
transportación, entretenimiento y alimentación y cuidado de niños de acuerdo
con la edad.
En igual condición se ubican
artículos o productos sujetos al pago, cuando su valor sea igual o inferior a
50 pesos con 99 centavos, y hasta 10 kilogramos de medicamentos, en sus envases
originales, tales como productos farmacéuticos elaborados, siempre que no
integre la lista cuya importación no se permite o esté sujeta a requisitos
especiales.
Asimismo, todos los
pasajeros pueden importar, además de sus efectos personales, artículos sujetos
al pago de derechos hasta el límite de mil pesos, siempre que no tengan un fin
lucrativo y las cantidades de un mismo artículo no excedan lo autorizado.
Los niños menores de 10 años
solo pueden traer consigo efectos personales de acuerdo a la edad, y siempre
que ya los hayan cumplida tienen derecho a importar artículos hasta el límite
del valor establecido.Hasta los 18 años, para el
acto de despacho, tienen que estar asistidos por un adulto que los represente,
señala la medida aduanal.
Los productos de origen
animal o vegetal requieren para su importación el permiso de la autoridad
sanitaria, mientras que la entrada al país o exportación de armas de fuego,
municiones o especies protegidas de la flora y fauna requieren la venia de los
organismos competentes.
Enfatiza la Resolución que
no se permite la importación o exportación de explosivos, drogas,
estupefacientes, sustancias sicotrópicas, ni literaturas, artículos y objetos
obscenos o pornográficos o que atenten contra los intereses de la nación.
Antes de su entrada a Cuba,
los pasajeros deben llenar una Declaración donde consignen las pertenencias que
ingresan al territorio nacional.
A quienes viajan como
turistas les serán aplicadas las disposiciones recogidas en la Convención de
Facilidades Aduaneras para el Turismo.
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